"El aprendizaje de un niño se asemeja más al vuelo de una mariposa que a la trayectoria de una bala" Tonucci.

lunes, 13 de abril de 2015

Tema 7: Lee la Orden 25 de Julio de 2008 por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centro docentes públicos de Andalucía y realiza un esquema de las medidas allí recogidas.

ORDEN de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, en su título II establece que las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general.

 Resaltar el carácter obligatorio de estas enseñanzas determina su organización de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado

Capítulo 1:
 Disposiciones de carácter general:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Principios generales de atención a la diversidad.
Artículo 3. Coordinación entre las etapas que conforman la enseñanza básica.

Capítulo 2:Actuaciones y medidas de atención a la diversidad:
Artículo 4. Estrategias de apoyo y refuerzo.
Artículo 5. Actuaciones para la atención a la diversidad.
Artículo 6. Medidas de atención a la diversidad de carácter general para la enseñanza obligatoria.
Artículo 7. Medidas de atención a la diversidad específicas para la educación secundaria obligatoria.

Capítulo 3:
Programas de atención a la diversidad.
Sección Primera. Programas de refuerzo:
Artículo 8. Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas.
Artículo 9. Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos.
Artículo 10. Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso.
Artículo 11. Información a las familias.
Sección Segunda. Programas de adaptación curricular:
Artículo 12. Programas de adaptación curricular.
Artículo 13. Tipos de programas de adaptación curricular y apoyos.
Artículo 14. Adaptaciones curriculares no significativas.
Artículo 15. Adaptaciones curriculares significativas.
Artículo 16. Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.
Sección Tercera. Programas de diversificación curricular:
Artículo 17. Programas de diversificación curricular en la Educación Secundaria Obligatoria.
Artículo 18. Perfil del alumnado.
Artículo 19. Duración de los programas de diversificación curricular.
Artículo 20. Procedimiento para la incorporación al programa.
Artículo 21. Estructura del programa de diversificación curricular.
Artículo 22. Distribución horaria semanal de los programas de diversificación curricular.
Artículo 23. Agrupamiento de los alumnos y las alumnas.
Artículo 24. Elaboración del programa de diversificación curricular.
Artículo 25. Evaluación y promoción del alumnado que curse programas de diversificación curricular.
Artículo 26. Materias o ámbitos no superados.
Artículo 27. Titulación del alumnado que sigue programas de diversificación curricular.



No hay comentarios:

Publicar un comentario